
Arraigo Familiar
"Unimos a tu familia, fortalecemos tu futuro."
Es una autorización de residencia temporal en España, que se podrá conceder a ciudadanos/as extranjeros/as no comunitarios que se hallen en España y puedan acreditar que son cónyuge o pareja de hecho de ciudadano/a de nacionalidad española (caso principal). También procederá el arraigo familiar, en el caso de ascendientes, o descendientes de ciudadano/a de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
¿Qué es el Arraigo Familiar en España?
El arraigo familiar es un tipo de autorización de residencia en España que permite a ciertos extranjeros en situación irregular obtener un permiso de residencia por circunstancias excepcionales. Se concede a quienes tienen vínculos familiares con ciudadanos españoles o, en algunos casos, con menores de nacionalidad española a su cargo.


Arraigo Familiar requisitos
Para solicitar el arraigo familiar, se deben presentar documentos como el certificado de nacimiento del hijo español o del solicitante (en caso de ser hijo de español de origen), el pasaporte en vigor y la acreditación de la convivencia o responsabilidad parental, entre otros.
Este trámite se gestiona ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la que resida el solicitante y, una vez aprobado, permite obtener un permiso de residencia legal en España.
Arraigo Familiar 5 años Requisitos
Para acceder a una autorización de residencia y trabajo por 5 años bajo el arraigo familiar, el solicitante debe cumplir con alguno de estos requisitos:
Ser hijo de padre o madre españoles de origen.
Ser cónyuge o pareja de hecho registrada de un ciudadano español.
Ser ascendiente de un menor español o de un ciudadano de la UE si está a su cargo.
Arraigo Familiar por matrimonio requisitos
El arraigo familiar por matrimonio es una autorización de residencia para extranjeros que están casados o son pareja de hecho registrada con un ciudadano español. Con la reforma del Reglamento de Extranjería, quienes cumplan con estos requisitos pueden obtener directamente una residencia de 5 años con autorización de trabajo.

Tipos de Arraigo Familiar
Arraigo Familiar por hijo mayor de edad español
Arraigo Familiar para padres mayores de 65 años
Arraigo Familiar por pareja de hecho
El arraigo familiar por hijo mayor de edad español es una autorización de residencia para extranjeros que son padres de un hijo español que ha alcanzado la mayoría de edad.
El arraigo familiar para padres mayores de 65 años es una autorización de residencia en España que permite a los padres de ciudadanos españoles que sean mayores de 65 años y se encuentren en situación irregular, regularizar su situación y obtener un permiso de residencia por motivos familiares.
El arraigo familiar por pareja de hecho es una modalidad de autorización de residencia para extranjeros que están en una relación de pareja estable con un ciudadano español y desean regularizar su situación en España. La pareja de hecho debe estar debidamente registrada.



Arraigo Familiar por Matrimonio
Arraigo Familiar para hermanos
El arraigo familiar por matrimonio es una modalidad de autorización de residencia en España que permite a los extranjeros regularizar su situación si están casados con un ciudadano español. Esta autorización permite obtener la residencia legal en España por motivos familiares y, en algunos casos, también puede incluir el derecho a trabajar.
El arraigo familiar para hermanos no es una modalidad directamente prevista por la legislación española. Sin embargo, existen circunstancias excepcionales bajo las cuales algunos hermanos de ciudadanos españoles podrían intentar regularizar su situación a través de otros mecanismos, aunque generalmente no se concede un permiso específico de residencia por el simple vínculo de hermandad. Sin embargo existen algunas opciones como la Reagrupación Familiar.



¿Por que realizar el Arraigo Familiar con Barclier?
Si estás buscando regularizar tu situación en España a través del arraigo familiar, Barclier es la opción ideal para garantizar un proceso rápido, seguro y sin complicaciones. Somos una gestoría y despacho de abogados especializados en extranjería y migración, con amplia experiencia en la tramitación de permisos de residencia por arraigo familiar.
Testimonios de Arraigo Familiar con Barclier
Preguntas frecuentes sobre Arraigo Familiar en España
La tarjeta comunitaria es para familiares de ciudadanos europeos, mientras que el arraigo familiar es para aquellos en situación irregular con vínculos familiares con un ciudadano español.
El tiempo de tramitación del arraigo familiar puede variar dependiendo de varios factores, como la carga de trabajo de la Oficina de Extranjería, la complejidad del caso o la documentación presentada. Sin embargo, de manera general, el proceso de arraigo familiar suele tardar entre 3 y 6 meses desde la presentación de la solicitud hasta la resolución.
Para solicitar el arraigo familiar en España:
Requisitos:
– Estar en situación irregular en España.
– Tener vínculo familiar con un ciudadano español (padre/madre, cónyuge).
– No tener antecedentes penales ni prohibición de entrada.
Documentos:
– Pasaporte, antecedentes penales, prueba del vínculo familiar, empadronamiento, prueba de residencia del ciudadano español.
Pasos:
– Completar el formulario EX-10.
– Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería o en la Sede Electrónica.
– Pagar la tasa administrativa (modelo 790, código 052).
– Esperar la resolución (entre 3 y 6 meses).
Resultado: Si es aprobado, recibirás una tarjeta de residencia por 1 año.
Es recomendable contar con asesoría legal para facilitar el proceso.
Para solicitar el arraigo familiar en España, necesitarás los siguientes documentos:
– Pasaporte completo (o documento de identidad, si eres de un país de la UE).
– Certificado de antecedentes penales del país de residencia y de los países donde hayas vivido en los últimos 5 años.
– Certificado de nacimiento del solicitante y, en su caso, del familiar español (para acreditar el vínculo familiar).
– Certificado de matrimonio o certificado de pareja de hecho (si aplica).
– Certificado de empadronamiento conjunto con el ciudadano español (si resides con él).
– Prueba de residencia del ciudadano español (como su DNI español o certificado de residencia).
– Formulario EX-10 debidamente cumplimentado.
– Tasa administrativa abonada (modelo 790, código 052).
Es posible que se requieran otros documentos específicos dependiendo de tu situación particular, así que es recomendable consultarlo con nosotros antes de preparar cualquier documento.