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Reagrupación Familiar

Reagrupación Familiar

"Tu familia, siempre cerca. Nosotros lo hacemos posible."

La reagrupación familiar es un derecho fundamental para los inmigrantes que residen legalmente en España, permitiéndoles traer a sus seres queridos para que también puedan disfrutar de una residencia legal en el país. En Barclier te ayudamos a gestionar todo el proceso, asegurándonos de que cumplas con los requisitos establecidos y de que tu solicitud se realice de manera eficiente y sin complicaciones. Desde la recopilación de documentos hasta la presentación de la solicitud, nuestro equipo se encarga de guiarte en cada paso, para que puedas reunirte con tu familia y comenzar una nueva etapa juntos en España.

Reagrupación Familiar en España

La Reagrupación Familiar en España es un proceso mediante el cual un extranjero que reside legalmente en el país puede traer a su cónyuge, hijos menores de 18 años, y otros familiares dependientes (como padres o abuelos) para que puedan residir también en el país. Esta medida tiene como objetivo garantizar la unidad familiar, permitiendo que los familiares directos de un residente en España se reúnan con él.

Requisitos Reagrupación Familiar

  • Residencia legal: El solicitante debe tener residencia legal en España por un tiempo determinado, generalmente 1 año si es residente temporal o 2 años si es residente de larga duración.
  • Ingresos suficientes: El solicitante debe demostrar que dispone de los recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de los familiares que desea reagrupar.
  • Vivienda adecuada: El solicitante debe contar con una vivienda adecuada para albergar a los familiares que van a llegar.
  • No tener antecedentes penales: Los miembros de la familia que se van a reagrupar deben tener un historial limpio tanto en su país de origen como en otros países donde hayan residido.
  • Relación familiar: El solicitante debe poder probar la relación familiar con los miembros que desea traer (acta de matrimonio, acta de nacimiento, etc.).

Hasta que edad se puede hacer la Reagrupación Familiar

En el caso de la Reagrupación Familiar en España, la edad límite para que los hijos puedan ser reagrupados con sus padres es 18 años. Sin embargo, hay excepciones en ciertos casos:

  1. Hijos mayores de 18 años pero dependientes: Si un hijo mayor de 18 años no se ha independizado económicamente y depende del solicitante (por ejemplo, si tiene alguna discapacidad), puede seguir siendo considerado para la reagrupación familiar.
  2. Hijos adoptivos: Los hijos adoptivos también pueden ser reagrupados, incluso si son mayores de 18 años, siempre que la adopción haya sido realizada antes de esa edad.

En cuanto a la reagrupación de los padres, no hay una edad máxima estipulada, pero sí que deben cumplir ciertos requisitos, como demostrar que los padres dependen económicamente del hijo solicitante y legalmente residente en España.

requisitos para la reagrupacion familiar
pasaporte nacionalidad española

Elegir a Barclier para la Reagrupación Familiar

No dudes en contactar con Barclier para obtener el apoyo profesional que necesitas para llevar a cabo tu proceso de reagrupación familiar con seguridad y éxito. ¡Tu familia unida en España es posible!

Testimonios dela Reagrupación Familiar con Barclier

Barclier me hizo los tramites para la Reagrupación Familiar.
Gracias a Barclier pude traer a mi familia a España
Todo fue muy sencillo con Barclier, gracias.

Preguntas Frecuentes sobre la Reagrupación Familiar

El proceso de Reagrupación Familiar en España suele tardar entre 3 y 6 meses.

Es un proceso que puede ser técnico y largo, por lo que es aconsejable contar con la ayuda de un experto en extranjería como Barclier para asegurar que todo esté en orden y evitar errores que puedan retrasar la solicitud.

Para solicitar la Reagrupación Familiar en España, necesitarás:
1. Formulario oficial (EX–10).
2. Documentos del residente: pasaporte o tarjeta de residencia, certificado de empadronamiento, comprobante de medios económicos y contrato de vivienda.
3. Documentos de los familiares: pasaporte, certificados de relación familiar, antecedentes penales y certificado médico (si aplica).
4. Tasa de solicitud: abono de la tasa correspondiente (modelo 790, código 052).
Recuerda que los documentos extranjeros deben estar traducidos y legalizados. Para evitar errores, es recomendable contar con asesoría legal.